Corte de Vigilancia de la Inteligencia Extranjera (FISC)
Una de las armas más eficaces y poderosas en la guerra contra el terrorismo nada tiene que ver con armamento; se trata de la Corte de Vigilancia de la Inteligencia Extranjera (FISC), un tribunal secreto surgido en 1978; FISC está integrado por 11 jueces designados por un período de siete años por el presidente del Tribunal Supremo. Este tribunal ha sido y es esencial para la correcta implementación y legalidad de numerosos programas antiterroristas y de captación de inteligencia.
Ahora, una vez más, ha tomado una decisión acertada lejos de las presiones interesadas de determinados círculos para garantizar que este país siga defendiendo la seguridad nacional con todas las herramientas a nuestro alcance; con la renovación de la autorización legal al programa que nos permite recolectar los metadatos de las comunicaciones telefónicas, creado por la Patriot Act en 2001 en el marco de la guerra antiterrorista, y renovado por el presidente y el Congreso en 2006 y 2011, ambas veces por amplias mayorías de los legisladores, estamos en disposición de seguir trabajando con rigor para evitar ataques terroristas.
La divulgación de esta renovación por parte de la Oficina de la Dirección Nacional de Inteligencia es una medida de transparencia en consonancia con la decisión de desclasificar algunas informaciones para tener en cuenta el interés público y permanente en el programa de recolección de metadatos telefónicos; por supuesto no se van a hacer públicos determinadas características, funcionalidades, alcance y objetivos del programa, que entran en el funcionamiento interno y que no es posible desvelar sin dañar los propósitos esenciales del programa, como es la lucha antiterrorista.
Este programa en concreto deberá ser reevaluado de nuevo para estudiar su posible renovación a finales del año 2015. Para aquellos más preocupados por la privacidad de los datos que por las amenazas terroristas, señalar que de los millones de metadatos recopilados sólo fueron investigados informaciones correspondientes a unos cientos de identificadores únicos por sospechas de terrorismo, lo que refleja que el programa se centra única y exclusivamente en aquella información de valor para la lucha antiterrorista.
Por si esto no bastara, los metadatos recopilados fueron compartidos generosamente por los servicios de inteligencia de Estados Unidos con la inteligencia de países aliados, que fueron informados del alcance de los programas en marcha y de la información que les afectaba directamente. Esta cooperación deja patente una forma de actuar siempre legal y dentro de los cauces ordinarios en estos temas delicados. Un trabajo de inteligencia de extraordinario valor que va a continuar, por supuesto, le pese a quien le pese.
Cuando tratamos acerca de este tema, no debemos olvidar nunca que la Corte de Vigilancia de Inteligencia Extranjera (FISC) ha aprobado legalmente una serie de estipulaciones de ley que permiten a la Agencia de Seguridad Nacional (NSA), a la Oficina de Inteligencia Nacional, a la Agencia Central de Inteligencia, y otras agencias, operar y ampliar sus programas de recopilación de inteligencia cuando lo estimen oportuno. Estas directrices y autorizaciones legales nos permiten no sólo investigar a los sospechosos de actividades terroristas sino también a posibles involucrados en proliferación nuclear, espionaje y ataques cibernéticos, entre otras actividades nada lúdicas y sí muy sospechosas.
Con sus más de 12 resoluciones secretas (de alrededor de 100 páginas) FISC juega un papel destacado y crucial en las operaciones de inteligencia mediante su evaluación y revisión periódica, así como de las cuestiones constitucionales que implican, de manera que establece importantes precedentes judiciales.
FISC, que estaba centrado en la aprobación, caso por caso, de las órdenes de interceptaciones telefónicas o en Internet, se ha convertido debido a los cambios en la legislación y a una mayor supervisión judicial de las operaciones de inteligencia que se iniciaron hace seis años, en un tribunal decisivo que actúa como árbitro final en cuestiones de vigilancia y en los dictámenes en las prácticas de inteligencia, con un creciente número de leyes que regulan cada actividad. En la práctica, lo que tenemos es una common law (ley común) que se desarrolla cuando el tribunal emite órdenes que implican ciertos tipos de vigilancia, determinados tipos de objetivos, etc. Su labor es fundamental, por ejemplo, en una de las decisiones más importantes de FISC, los jueces ampliaron el uso de un principio jurídico conocido como la doctrina de «necesidades especiales» en casos de terrorismo, formulando una excepción al requisito de la Cuarta Enmienda de una orden de allanamientos y decomisos. Medidas de este tipo son las que nos permiten capturar legalmente a los terroristas sin que se cachondeen del sistema democrático, como sucede en otros países con amplia experiencia en temas de terrorismo interno.
La doctrina de «necesidades especiales» ya se estableció en 1989 por el Tribunal Supremo en un fallo que permite el análisis de drogas de los trabajadores ferroviarios, asegurando que una mínima intrusión en la privacidad justifica la necesidad del Gobierno para combatir un peligro público mayor. Lo que hizo FISC es aplicar este concepto en términos más generales, de modo que los jueces dictaminaron que la recolección y análisis de datos de las comunicaciones de los estadounidenses por la NSA para rastrear posibles ataques terroristas, no van en contra de la Cuarta Enmienda.
En asuntos de seguridad nacional, FISC es determinante y sus autorizaciones marcan la legalidad.